Las indemnizaciones que para resarcir gastos derivados de comisiones de servicio y de acuerdo con la legislación vigente deban satisfacerse a miembros de los órganos de gobierno, funcionarios, personal laboral, eventual y contratado. Se imputarán a este concepto las indemnizaciones reglamentarias por asistencia a tribunales y órganos colegiados y, en general, por concurrencia personal a reuniones, consejos o comisiones.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
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Dietas | 95,97% | 38.065 € |
Locomoción | 4,03% | 1.600 € |
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